DERECHO
CIVIL 1, 2 BIMESTRE
A. Conteste
con V si es verdadero y F si es falso, según corresponda.
1. ( ) El
hijo que nace después de expirado los ciento ochenta días,
subsiguientes
al matrimonio, se refuta concebido en él, y tiene por
padre al
marido.
2. ( ) Esta
presunción de paternidad, no se extenderá al conviviente en
los casos de
unión de hecho.
3. ( ) No se
adminitirá el reconocimiento voluntario contra una filiación
ya
existente.
4. ( )
Muerto el marido, la mujer que creyere embarazada, podrá
denunciarlo
a los que serían llamados a suceder al difunto.
5. ( ) El
reconocimiento de los hijos nacidos fuera de matrimonio, es un
acto libre y
voluntario del padre o madre que reconoce.
6. ( ) En
todos los caso el reconocimiento del padre al hijo fuera de
matrimonio,
es un acto revocable.
7. ( ) El
reconocimiento al hijo, nacido fuera del matrimonio puede
hacerse
entre otras formas, por la declaración personal en la
inscripción
del nacimiento del hijo.
8. ( ) La
impugnación del reconocimiento de paternidad podrá ser
ejercida por
el hijo o cualquier persona que tenga interés en ello.
9. ( ) El
que no ha sido reconocido voluntariamente, podrá pedir al juez,
lo declare
hijo determinado padre o madre.
10. ( ) Las
acciones para investigar la paternidad o maternidad, serán
imprescriptibles.
11. ( ) La
acción de investigación de la paternidad o maternidad le
corresponde
a la madre, si el hijo es menor de edad.
12. ( )
Quien tenga la patria potestad del hijo menor de edad representará
sus derechos
para exigir la investigación de la paternidad de
conformidad
al Código Civil y de manera supletoria con el Código
Orgánico de
la Niñez y Adolescencia.
13. ( ) Las
acciones para investigar la paternidad prescriben cuando
cumplan la
mayoría de edad el hijo.
14. ( ) En
caso de negativa de la paternidad del hijo, el actor solicitará al
juez la
realización del examen de ADN:
15. ( ) En
caso de negativa del demandado, a someterse al examen de
ADN
dispuesto por el juez, se presumirá de hecho la filiación con
el hijo.
16. ( ) No
podrá intentarse la acción de investigación de maternidad,
contra la
mujer casada, mientras el marido no haya obtenido
sentencia y
declare que el no es el padre.
17. ( ) Los
hijos deben respeto y obediencia al padre y a la madre.
18. ( ) En
caso de inhabilidad física grave de ambos padres, el juez podrá
confiar el
cuidado personal de los hijos, a otra persona o personas
idóneas.
19. ( ) Los
gastos de crianza y educación de los hijos comunes de ambos
cónyuges,
pertenecen a la sociedad conyugal.
20. ( ) La
obligación de alimentar y educar al hijo que carece de bienes,
por falta o
insuficiencia de los padres, pasa a los abuelos por una y
otra línea,
conjuntamente.
21. ( ) El
padre y la madre tienen el derecho y el deber de dirigir la
educación de
sus hijos, pero no podrán obligarlos a casarse contra
su voluntad.
22. ( ) La
patria potestad según el Código Civil es el conjunto de derechos
que tienen
los padres sobre sus hijos no emancipados.
23. ( ) El
hijo de familia será considerado como menor de edad y no podrá
en esta
condición administrar y gozar de su peculio profesional.
24. ( )
Cuando el hijo demande al padre o a la madre, no necesitará pedir
venia al
juez.
25. ( ) El
hijo de familia puede comparecer en juicio como actor contra un
tercero.
26. ( ) En
las acciones civiles contra el hijo de familia, el actor debe
dirigirse al
padre o a la madre que ejerza la patria potestad, para
que lo
represente en la litis.
27. ( ) La
suspensión de la patria potestad deberá ser ordenada por el juez
con
conocimiento de causa y después de oír a los parientes del hijo.
28. ( ) En
el estado de divorcio, la patria potestad corresponderá a cuyo
padre haya
quedado al cuidado del hijo. Los padres podrán, con
todo,
apartarse de esta regla, por mutuo acuerdo y con autorización
del juez,
quien procederá con conocimiento de causa.
29. ( ) La
emancipación voluntaria se puede efectuar por instrumento
privado, sin
necesidad que el hijo consienta en ello.
30. ( ) La
emancipación legal se efectúa por la muerte del padre y cuando
no exista la
madre.
31. ( ) La
emancipación judicial se efectuará por sentencia del juez, si
ambos padres
hayan abandonado al hijo.
32. ( ) La
emancipación una vez efectuada, es revocable por causa de
ingratitud.
33. ( ) Por
la adopción, el adoptante adquiere los derechos y contrae las
obligaciones
de padre o madre, respecto del adoptado.
34. ( ) La
solicitud de adopción se elevará al juez de lo civil, quien
procederá de
acuerdo a lo previsto en el Código Orgánico General
de Procesos.
35. ( ) La
adopción puede sujetarse a condición, plazo, modo o gravamen.
36. ( ) El
estado civil es la calidad del individuo en cuanto le habilita
o inhabilita
para ejercer ciertos derechos o contraer ciertas
obligaciones
civiles.
37. ( ) El
Estado civil de casado, divorciado, viudo, unión de hecho, padre
e hijo, se
probará con las respectivas copias de las actas de Registro
Civil.
38. ( ) Para
que la posesión notaria del estado civil se reciba como prueba
de tal
estado, deberá haber durado por lo menos cinco años
cosecutivos.
39. ( ) Legítimo
contradictor en la paternidad es el padre contra el hijo, o
el hijo
contra el padre.
40. ( ) Se
deben alimentos por ley, únicamente a los hijos.
41. ( ) Los
alimentos cóngruos son los que le dan lo que basta para
sustentar la
vida.
42. ( ) Los
alimentos necesarios son los que habilitan al alimentado
para
subsistir modestamente de un modo correspondiente a sus
posición
social.
43. ( )
Están sujetos a tutela los menores.
44. ( )
Están sujetos a curaduría general los interdictos.
45. ( ) Se
llaman curadores de bienes los que se dan a los bienes del
ausente, a
la herencia yacente y a los derechos eventuales del que
está por
nacer.
46. ( )
Curadores adjuntos son los que se dan en ciertos casos, a quienes
están bajo
potestad de padre o madre, o bajo tutela o curaduría
general,
para que ejerzan una administración separada.
47. ( )
Curador especial es el que se nombra para un negocio particular.
48. ( ) Las
tutelas o curadurías testamentarias las confiere el juez.
49. ( ) Las
tutelas o curadurías legítimas se dan por acto testamentario.
50. ( ) Los
tutelas o curadurías dativas se confieren por la ley a los parientes
o cónyuge
del pupilo.
51. ( ) Toda
tutela o curaduría debe ser discernida excepto la curaduría
para pleito
o ad-litem.
52. ( ) El
discernimiento es el decreto judicial que autoriza al tutor o
curador para
ejercer el cargo.
53. ( ) El
tutor o curador administra los bienes del pupilo y está obligado a
la
conservación de estos bienes y a su reparación y cultivo.
54. ( ) El
juicio de interdicción podrá ser provocado solo por el cónyuge
del supuesto
disipador, con audiencia del ministerio público.
55. ( ) A
los ascendientes del demente se puede conferir la curaduría del
demente.
56. ( ) La
curaduría del sordomudo que ha llegado a la pubertad puede
ser testamentaria,
legítima o dativa.
57. ( ) Los
ciegos, y los fallidos mientras no hayan sido rehabilitados, son
incapaces de
toda tutela o curaduría.
58. ( ) El
tutor o curador tendrá en general, en recompensa de su trabajo
la décima
parte de los frutos de los bienes pupilares que administre.
59. ( )
Pueden ser removidos los tutores o curadores por ineptitud
manifiesta o
incapacidad.
60. ( ) La
remoción de tutores o curadores no podrá ser promovida de
oficio.
PRUEBA DE
ENSAYO
A. Lea con
atención cada enunciado y relacione con la alternativa que
corresponda,
para que el contenido quede completo y correcto.
Anote el
numeral frente al enunciado correspondiente (Valor 2 puntos)
Enunciados
Numeral
1. El hijo
que nace después de expirados los ciento ochenta días
subsiguientes
al matrimonio, se refuta concebido en el,
2. La acción
de impugnación de paternidad podrá ser ejercida,
3. Muerto el
marido, la mujer que se creyera embarazada podrá
denunciar a
los que, no existiendo el póstumo,
4. En todos
los casos el reconocimiento voluntario de los hijos,
5. La
impugnación del reconocimiento de paternidad,
6. La acción
de investigación de paternidad le corresponde al hijo,
7. En caso
de inhabilidad física grave de ambos padres, el juez podrá
confiar el
cuidado personal de los hijos,
8. Los
gastos de crianza y educación de los hijos comunes de ambos
cónyuges, le
corresponde,
9. La
obligación de alimentar y educar al hijo que carece de bienes
pasa, por
falta o insuficiencia de los padres,
10. La
patria potestad es el conjunto de derechos que tienen los
padres,
11. Cuando
el hijo de familia demande al padre o a la madre, en la
misma
demanda,
12. El hijo
de familia no puede comparecer en juicio, como actor
contra un
tercero, sino representado,
13. La suspensión
de la patria potestad deberá ser ordenada por el
juez con
conocimiento de causa y después de oír,
14. La
emancipación legal se efectúa por la muerte del padre,
15. La
solicitud de adopción se elevará al Juez de la Niñez y
Adolescencia,
de la jurisdicción del adoptante, quien procederá
en la forma
prevista en este Código,
16. El
estado civil es la calidad de un individuo, en cuanto la habilita o
inhabilita
para ejercer ciertos derechos,
17. Legítimo
contradictor en la cuestión de paternidad, es el padre
contra el
hijo,
18. Los
alimentos congruos son los que habilitan al alimentado para
subsistir
modestamente,
19. Los
alimentos necesarios son los que le dan lo que basta,
20. Se llama
discernimiento el decreto judicial que autoriza al tutor,
o curador,
Alternativas
1. serían
llamados a suceder al difunto.
2. O sus
descendientes.
3. pedirá
venia al juez.
4. a los
parientes del hijo.
5. para
sustentar la vida
6. a la
sociedad conyugal.
7. para
ejercer su cargo.
8. sobre sus
hijos no emancipados.
9. por el padre
o la madre que ejerza la patria potestad.
10. y tienen
por padre al marido.
11. y el
Código de la Niñez y la Adolescencia.
12. podrá
ser ejercida por el hijo.
13. o
contraer ciertas obligaciones civiles.
14. a los
abuelos por una y otra línea conjuntamente.
15. A los
familiares del progenitor.
16. por
quien se pretenda verdadero padre.
17. Por
cualquier persona.
18. o el
hijo contra el padre.
19. a otra
persona o personas idóneas.
20. cuando
no exista la madre.
21. de un
modo correspondiente a su posición social.
22. Cuando
no existan pariente de afinidad.
23. Será
revocable.
24. será
irrevocable.
ESTRATEGIA
DE TRABAJO
•• El
numeral seleccionado debe anotarlo frente al enunciado que
corresponda.
•• Recuerde
que hay distractores en las alternativas.
B. Identifique
y transcriba las reformas (eliminación, sustitución, agregación)
que se dio a
la codificación del Código Civil, por la ley Reformatoria al
Código
Civil, publicada en el Registro oficial N° 526, de 19 de junio de 2015,
comprendidas
entre los artículos 233 al 582 de la codificación.
•• Realice
un comentario jurídico general de las reformas (2 puntos).
ESTRATEGIA
DE TRABAJO
•• Revise la
Ley Reformatoria al Código Civil de 2015 y otras que se hayan
dado hasta
la presente fecha.
•• Elabore
el trabajo en el orden del articulado de la Ley Reformatoria.
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